Spanish English French
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 481
  • Compartir
  • Tamaño de la fuente disminuir el tamaño de la fuente aumentar tamaño de la fuente
  • Imprimir
  • Correo electrónico
  • Galería de imágenes

Contradicen acciones de un grupo de trabajadores de confianza de la UNACH fallo emitido por la SCJN

DCS17/0123

 

Contradicen acciones de un grupo de trabajadores de confianza de la UNACH fallo emitido por la SCJN

 

31/Marzo/2017

 

•    Llaman autoridades de la UNACH a trabajadores a conducirse conforme a la ley

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.- La Administración Central de la Universidad Autónoma de Chiapas, hizo un llamado al grupo de trabajadores de confianza de esta Casa de Estudios que bloquearon el acceso a las oficinas de Rectoría, para que la relación institucional se mantenga de manera respetuosa y con un ánimo constructivo.

En conferencia de prensa, el director de Asuntos Jurídicos de la UNACH, Beimar Palacios Arreola, reiteró el llamado a privilegiar el diálogo e invitó a acatar las disposiciones emanadas de la Carta Magna, la Ley Federal del Trabajo, la Legislación Universitaria y los demás ordenamientos legales.

Al respecto, el funcionario universitario señaló que la defensa jurídica de la UNACH, su viabilidad académica y financiera, se sustentó e hizo valer con fundamento en los artículos 3º. Fracción VII y 123, Apartado A, Fracción XVIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el numeral 450 de la Ley Federal del Trabajo y en la Tesis  del rubro “Huelga. Trabajadores de confianza carecen de derecho a declararla”.

En este sentido, enumeró que el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal y Civil del Vigésimo Circuito, (antes Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito), al resolver el amparo en revisión número 9/2015 (antes AR. 301/2015), denunció la contradicción de tesis ante la SCJN, quien la admitió a trámite.

Explicó que fue así como la Segunda Sala del Máximo Tribunal del país, en sesión del pleno del 10 de agosto de 2016, resolvió la contradicción de tesis denunciada y estableció jurisprudencia obligatoria del rubro: “Derecho de huelga. Los trabajadores de confianza no pueden ejercerlo”,  fallo con el cual se resuelve de fondo la controversia jurídica laboral planteada por el grupo de trabajadores de confianza contra la UNACH.

En el documento dado a conocer a los medios de comunicación y a la sociedad, se señala que con base en la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual es de observancia y aplicación obligatoria, quienes hoy se mantienen en paro, carecen del derecho  de emplazar a huelga a la institución, además de que no se les está permitido exigir la firma de un contrato colectivo de trabajo.

Acompañado del encargado de la Secretaría Administrativa, Erick Luis Gijón, subrayó que por esta razón, la toma del edificio de Rectoría o la de cualquier dependencia universitaria, es un acto violento, ilegítimo, arbitrario e ilícito, por estar fuera de la ley común y de la Legislación Universitaria.

“Es importante destacar que el ejercicio financiero de la UNACH, se da en estricto apego al presupuesto asignado tanto por la Federación, como por el estado, bajo estas dos perspectiva, la posición de la Universidad es la de continuar actuando dentro del orden legal establecido y con base en el presupuesto autorizado”, matizó.

Finalmente, remarcó que actualmente las actividades académicas, administrativas, culturales y deportivas de la Universidad en cada uno de sus Campus que se ubican en 13 de las 15 regiones socioeconómicas del estado, continúan desarrollándose con normalidad.